Cobertura Asistencia Vial (Km 0) Compañía Metropolitana
Cobertura Asistencia Vial (Km 0) Compañía Metropolitana
Esta cobertura ampara los servicios de asistencia vial que se proporcionan sólo en la Republica Mexicana, desde el lugar de residencia permanente del asegurado hasta un radio de 75 kilómetros a la redonda
Esta cobertura se aplica tanto al asegurado como al...
conductor del vehículo amparado.
Los vehículos cuyo modelo sea de más de 15 años de antiguedad a la fecha de la avería no tendrán derecho a los beneficios de esta cobertura. También quedan fuera los vehículos de servicio público de transporte de personas, así como los vehículos con capacidad de carga superior a 3.5 toneladas.
Apartados de la cobertura Asistencia Vial (Km "0")
En caso de que el vehiculo amparado sufra alguna avería que le impida moverse por su propio impulso, la Compañía proporcionará los siguientes servicios:
- -Grúa (en todos los casos, el conductor deberá acompañar a la grúa durante el traslado del vehículo amparado)
- -Entrega de Combustible
- -Cambio de llanta
- -Paso de corriente
- -Cerrajero (Para este servicio el asegurado se deberá identificar con el cerrajero a fin de que abra la unidad)
Estos servicios están limitados a 2 eventos durante cada anualidad de vigencia de la poliza para cada uno de los servicios descritos.
La Compañía Metropolitana otorgará al asegurado lo siguiente:
- -Datos actualizados sobre los talleres de servicio automotriz conveniados con la Compañía, cercanos al lugar de la avería
- -En caso de accidente, y sólo de ser necesario, la Compañía le proporcionará al asegurado y/o conductor una ambulancia para trasladarse al centro hospitalario más cercano y apropiado.
- -En caso de requerir atención médica, la Compañía le aconsejará sobre cuales son las medidas que en cada caso se deben tomar. La compañía aseguradora Metropolitana, no emitirá diagnóstico, pero a solicitud del asegurado y/o conductor y con cargo a él, pondra los medios necesarios para la obtención de un diagnóstico, ya sea:
- a) Por una visita personal de un médico
- b) Concertando una cita con médicos o en un centro hospitalario, que será pagado por el asegurado y/o conductor.
Fuente: Condiciones Generales del seguro de Automóviles Residentes/ Agosto 2009
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