Infraciones de transito poco conocidas y algunas muy costosas.
Multa hasta de 5 UMAs:
Artículo 175. VIII. Arrojar desde el interior del vehículo cualquier clase de objeto o basura a la vía pública,
Artículo 176. VIII. Producir ruido excesivo con claxon o mofleo
Artículo 177. V. Colocar las placas en lugar distinto al que señale el reglamento de esta ley
IV. Manejar vehículos de motor con personas, mascotas u objetos que obstaculicen la conducción
Artículo 178. I. No manifestar la baja del vehículo o el cambio de domicilio del propietario
XI. Circular con alguna de las puertas abiertas
Multa de 10 a 30 UMAs:
Artículo 182. VII. Al conductor que circule en doble y tercer fila para dar vuelta con flecha de semáforo
Artículo 183. I. No utilizar el cinturón de seguridad o hacerlo inadecuadamente, tanto el conductor como todos sus acompañantes.
II. Transportar un menor de doce años de edad en los asientos delanteros, salvo en los vehículos que no cuenten con asientos traseros. Aun asi, se requiere asiento especial para menores.
Artículo 184. Para cualquier tipo de motocicleta, trimoto, cuatrimoto, o motocarro:
II. Llevar como acompañante a un menor de edad que no pueda sujetarse por sus propios medios.
III. Cuando se exceda la capacidad de pasajeros que señale la tarjeta de circulación.
Y recuerda que no tener seguro, tambien es infraccion. Artículo 183. IV. No disponer de un seguro que cubra daños a terceros.
Afortunadamente se tienen veinte dias para presentar una poliza y condonar la infraccion.