Manejar en estado de ebriedad o drogas es siempre peligroso, pues se genera desde una disminución en los reflejos corporales, hasta un estado repentino de inconciencia total.
En general, en las pólizas se cubre el riesgo siempre y cuando se trate de vehículos particulares. Nunca ampara cuando el choque ocurre en pick-ups, camiones y cualquier otro vehículo de carga.
Ha surgido una tendencia, motivada por la AMIS (Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros), a no amparar o penalizar el pago en estado de ebriedad. Así hay condiciones generales mencionando que "si estas circunstancias influyeron en forma directa en el accidente causa del daño se incrementa el deducible en un 80%".
La cantidad de alcohol en la sangre y la determinación de que se manejaba en estado de ebriedad es definida por la autoridad correspondiente quien da parte del accidente y de los hechos.
Sobra decir que es una agravante para las autoridades de tránsito y que generalmente un accidente así es consignado al ministerio público, aún cuando la causa del accidente no haya sido provocado por la persona con alcohol. Por eso, SI TOMA, NO MANEJE.